1. Introducción
El seguro es un contrato por el cual una de las partes (el asegurador) se obliga, mediante una prima que le abona la otra parte (el asegurado), a resarcir un daño o cumplir la prestación convenida si ocurre el evento previsto, como puede ser un accidente o un incendio, entre otras.
El contrato de seguro puede tener por objeto toda clase de riesgos si existe interés asegurable, salvo prohibición expresa de la ley. Por ejemplo:
Los riesgos de los incendios.
Los riesgos de las cosechas.
La duración de la vida de uno o más individuos.
Los riesgos del mar.
Los riesgos de los transportes por aire o tierra.
El asegurador por lo general es una compañía de seguros organizada bajo la forma de sociedad anónima; pero también existen cooperativas y mutualidades de seguros e incluso un organismo oficial – La caja de Ahorro y Seguro – realiza operaciones de este tipo. Asimismo, en algunas provincias funcionan entidades aseguradoras oficiales.
El contrato de seguro es consensual, bilateral y aleatorio. Es consensual porque se perfecciona por el mero consentimiento de las partes y produce sus efectos desde que se ha realizado la convención; es bilateral puesto que origina derechos y obligaciones recíprocas entre asegurador y asegurado, y es aleatorio porque se refiere a la indemnización de una pérdida o de un daño producido por un acontecimiento o un hecho incierto, pues no se sabe si se va a producir y en el caso contrario – como ocurre con la muerte – no se sabe cuándo ello ha de acontecer.
1.
Introducción
El seguro es un
contrato por
el cual una de las partes (el asegurador) se obliga, mediante una
prima que le abona la otra parte (el asegurado), a resarcir un
daño o cumplir la prestación convenida si ocurre el
evento previsto, como puede ser un accidente o un incendio, entre
otras.
El contrato de seguro puede tener por objeto toda clase
de riesgos si existe
interés
asegurable, salvo prohibición expresa de la ley. Por
ejemplo:
- Los riesgos de los incendios.
- Los riesgos de las cosechas.
- La duración de la vida de uno o más
individuos.
- Los riesgos del mar.
- Los riesgos de los transportes por aire o
tierra.
El asegurador por lo general es una
compañía de seguros
organizada bajo la forma de sociedad
anónima; pero también existen cooperativas y
mutualidades de seguros e incluso un organismo oficial – La
caja de Ahorro y
Seguro – realiza operaciones de
este tipo. Asimismo, en algunas provincias funcionan entidades
aseguradoras oficiales.
El contrato de seguro es consensual, bilateral y
aleatorio. Es consensual porque se perfecciona por el mero
consentimiento de las partes y produce sus efectos desde que se
ha realizado la convención; es bilateral puesto que
origina derechos y
obligaciones
recíprocas entre asegurador y asegurado, y es aleatorio
porque se refiere a la indemnización de una pérdida
o de un daño producido por un acontecimiento o un hecho
incierto, pues no se sabe si se va a producir y en el caso
contrario – como ocurre con la muerte
– no se sabe cuándo ello ha de acontecer.